
Protejamos la Confidencialidad de la Atención Médica
- Publicado por CMPSC
- El 20 febrero 2025
No está permitido tomar imágenes, videos o audios de prácticas o informes médicos sin el consentimiento del profesional. Esta acción no solo es una falta de respeto, sino que también vulnera derechos fundamentales protegidos por la ley.
En Argentina, la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales y el artículo 153 bis del Código Penal establecen que captar o divulgar información privada sin autorización puede tener consecuencias legales, incluyendo sanciones penales.
La relación médico-paciente se basa en la confianza y el respeto mutuo. Grabar sin consentimiento no solo expone información confidencial, sino que también interfiere con el trabajo del profesional, quien debe ejercer su labor con la tranquilidad de que sus decisiones no serán sacadas de contexto o utilizadas de manera indebida.
La opinión médica y el tratamiento médico no deben ser menospreciados en un ámbito tan ambiguo como las redes sociales, especialmente cuando el fin no es educar, sino ocasionar daños al profesional. Cuidemos la confidencialidad y respetemos a quienes velan por nuestro bienestar.
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